Reseña
histórica de la evolución de los
Derechos Humanos.
LA CARTA MAGNA
1.- Concepto:
La Carta Magna es una cédula que el rey Juan sin Tierra de Inglaterra otorgó a
los nobles ingleses el 15 de junio de 1215 “en la que se comprometía a respetar los fueros e inmunidades
de la nobleza y a no disponer la muerte ni la prisión de los nobles ni la
confiscación de sus bienes, mientras aquellos no fuesen juzgados por `sus
iguales'.
2.- Antecedentes:
Por los siglos XII -XIII estaba regido por
la sociedad feudal los barones del rey tenían sus tierras “feudos” (del latín “feudum”). Contrato por el cual los soberanos y los grandes
señores concedían en la edad media tierras o rentas en usufructo, otorgándose
quien las reciba a guardar fidelidad, prestarle servicio militar y acudir a las
asambleas políticas y judiciales que el señor convocaba, por un juramento de
lealtad y obediencia, y con la obligación de proporcionarle un numero fijo de
caballeros siempre que estos se requieran para el servicio en el ejercito.
Esta obligación tenía una reciprocidad, la
del rey de proteger a sus barones pero este se degenero no fue un problema que
creo JUAN sin tierra sino que
le era propio al sistema, hubo cambios como e la conmutación de la obligación
en vez de servir como caballero se pagaba en dinero (este se destinaba al pago
del ejercito). También en tiempos de emergencia y en ocasiones especiales como
el matrimonio de su hija mayor el podía exigir de ellos una leva financiera
conocido como un “aid”( el auxilium)
En caso de que muriese un barón, él Rey
podrían exigir un deber de sucesión o “relief” el relevium, sino había ningún heredero, o si
la sucesión fuera disputada, las tierras del barón podrían comisarse o
“Escheated”' a la Corona.
Si el heredero era menor de edad, el rey podría asumir la
cúratela de las propiedades, y disfrutar todas las ganancias hasta que el
heredero fuese mayor de edad.
El rey tenía el derecho, si quisiera, de vender al mejor postor
tal cúratela. Podía, inclusive, vender al heredero mismo en matrimonio, por el
valor de las propiedades del heredero.
La extorsión y abuso en este sistema, si no fue aplicado
benignamente, era evidente y había sido asunto de queja mucho antes que el Rey
Juan subiera al trono.
Al morir Enrique II en 1189 fue sucedido por su hijo Ricardo
“corazón de león” quien paso la mayor parte de su reinado combatiendo fuera de
Inglaterra, principalmente en Francia, este fue sucedido por su hermano menor
Juan “sin tierra” en 1199.
En sus primeros año Juan se enfrentó al Rey Felipe II de Francia
y perdió todos sus dominios franceses incluida a Normandia, con lo cuál
finalizó el Imperio ANGEVINO (formada por Enrique II al unirse con Leonor de
Aquitania, divorciada del Rey Luís VII de Francia). Además se enfrentó al papa
Inocencio III siendo excomulgado en 1209 tras lo cual se vio obligado a
gobernar como vasallo pontificio.
Trato de recuperar Normandia y fue definitivamente derrotado por
el Rey Felipe en la celebre batalla de Bouvines en 1214.
Su impopularidad aumento internamente no solo frente a los
barones, sino frente al pueblo raso, por su política fiscal.
Los impuestos altísimos y las represalias contra los que no
pagaban eran crueles, y la administración de justicia de Juan se volvió
considerablemente arbitraria.
En enero de 1215 tras una considerable
discusión un grupo de barones exigió una carta de libertades como un resguardo
contra la conducta abusiva del Rey. Los barones redactaron un documento Artículos de los
Barones) que enviaron al monarca para que lo sancionara con el sello real.
Cuando Juan rehusó hacerlo, los nobles se negaron a mantener su fidelidad, se
levantaron en armas contra Juan y marcharon a Londres. Asaltaron y tomaron la
ciudad en mayo del 1215.
El Rey, comprendiendo que debía llegar a un acuerdo se encontró
con sus contrincantes en Runnymede—prado del Río Támesis— el 10 de junio y se
reunieron el 15 de junio para negociar.
El 19 de junio los barones renovaron sus juramentos de
obediencia al Rey.
Mientras tanto la cancillería real elaboró
una Concesión
Real formal, basada en los
acuerdos alcanzados a Runnymede el cual se conoció como la Carta Magna.
Como podría esperarse, el texto de la Carta Magna de 1215
muestra muchos rastros de apuro, y es claramente el producto de mucha
negociación y de muchas manos en su elaboración.
Cuatro copias de esta concesión original sobreviven. Dos están
en la British
Library mientras los otros pueden verse en los archivos catedralicios de Lincoln y de Salisbury.
Las cuatro copias se declaran haber sido “dado por nuestra mano
en el prado que se llama Runnymede entre Windsor y Staines “en
el 15 día de junio en el 17 año de nuestro reinado” o sea el año 1215.
Cada uno difiere ligeramente en el tamaño, forma y texto.
Según las crónicas contemporáneas, copias de las cartas se
distribuyeron a obispos, alguaciles y otros a lo largo del reino, pero el
número exacto de copias que mandó la cancillería real en 1215 es desconocido.
3.- Contenido de la carta magna:
El contenido hace referencia a una Iglesia "libre"; la
ley feudal; los pueblos, el comercio y los comerciantes; la reforma de la ley y
la justicia; el comportamiento de los oficiales reales; y los bosques reales.
La primera cláusula, concediendo la libertad
de la Iglesia, y confirmando su derecho para elegir a sus propios dignatarios
sin la interferencia real en particular, refleja la disputa de Juan con el Papa
sobre la elección de Stephen Langton como
arzobispo de Canterbury.
Hubo garantías en cuanto a los derechos comerciales feudales
tales como a continuación se nombrarán.
• Cobro de tasas siempre con el consentimiento del Consejo del
Reino.
• Protección del comercio: Libertad de comerciar en Londres municipios
y puertos de Inglaterra, inclusive para los extranjeros Claramente representan
concesiones a intereses especiales.
• Establecía un sistema regularizado de pesos y medidas
• Aquéllos que se tratan de las deudas reflejan problemas
administrativos creados por la escasez crónica de dinero en efectivo entre las
clases superiores y medias, y su necesidad de acudir a los prestamistas cuando
se requiere.
• La cláusula que promete el levantamiento de empalizadas de
pesca estaba pensada para la facilitación de la navegación de los ríos.
Los puntos más sobresalientes relacionados con la justicia
fueron redactados.
• El Tribunal de Justicia quedó fijado permanentemente en
Westminster;
• El desarrollo de los procesos se simplificó al atenerse éstos
a estrictas normas procesales • Se regularon las penas por felonía
Las libertades personales fueron de mucha
importancia algunos dicen que aquí es donde se da origen al principio de legalidad “nadie podrá ser arrestado, aprisionado….sino en virtud de un
juicio de sus pares, según la ley del país” art. 48 de la carta magna.
También para otros autores hacen partir de
este artículo a el Principio de legalidad, esto no
es así, éste cláusula 39 solo es el Principio de legalidad jurisdiccional que
es solo una especie del Principio de legalidad. Como se ve no hay concordancia
en cuanto a la apreciación por parte de los autores, personalmente creo que el
articulo 48 es quien da origen al principio de legalidad.
• Derecho a la justicia
• No se podría condenar a nadie por un rumor o una mera
sospecha, sino sólo por el testimonio de pruebas fidedigno • “Ningún hombre
libre podrá ser detenido o encarcelado o privado de sus derechos o de sus
bienes, ni puesto fuera de la ley ni desterrado o privado de su rango de cualquier
otra forma, ni usaremos de la fuerza contra él ni enviaremos a otros que lo
hagan, sino en virtud de sentencia judicial de sus pares y con arreglo a la ley
del reino” También el Habeas Corpus fue reconocido por primera vez, en la Carta
Magna Inglesa de 1215 como una garantía contra la prisión indebida y
arbitraría.
En relación a los impuestos se promovió el poder político por
parte de lo barones frente al rey
• No se podía exigir el pago de ayudas monetarias “aids”) ni la
conmutación del servicio militar por un pago en dinero “scutage”) para eximirse
de tal servicio. • Para la exigencia de ayudas monetarias antes estas debían
ser aprobadas por la reunión a los arzobispos, obispos, abades, duques y
barones principales 14, commune consiluim regni ),
4.- Importancia:
La Carta Magna estableció por primera vez
un principio constitucional muy significante (habeas corpus,
principio de legalidad), y a que el poder del rey puede ser limitado por
una concesión escrita. Y está considerada como la base de las libertades
constitucionales en Inglaterra.
La importancia de la Carta Magna en la historia constitucional
inglesa ha sido objeto de controversia entre los historiadores. Hoy se
considera exagerada la calificación de «piedra angular de las libertades
inglesas» que llegó a otorgársele, aunque no deje de reconocerse su gran
influencia.
Se dice que la Carta Magna, más que establecer unos principios
totalmente nuevos, suponía una vuelta a ciertas libertades antiguas.
Concretamente, a las concedidas en una carta otorgada por Enrique I el día de
su coronación, comprometiéndose a «no pedir impuestos feudales ilegales».
La Carta Magna provee los medios para que las quejas fuesen
ampliamente escuchadas, no sólo contra el rey y sus agentes sino contra los señores
feudales menores.
No hay comentarios:
Publicar un comentario