ASOCIACIÓN CIVIL PROGRAMA VENEZOLANO EDUCATIVO
DE ATENCIÓN INTEGRAL en Derechos Humanos.
A.C. PROVEAI
RIF: J-29720431-8
Nº 18, Tomo 01, Protocolo PSC,
Fecha 26-01-2009
Profesor: Alexis Mundo. Coordinador General
Sociólogo : Mercedes Padrino. Coordinadora del Área Social y Educativa
Miembros de Educación sin Fronteras y Pro defensa de Derecho a la Educación.
ROMPE EL SILENCIO DE LAS VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS QUE
OCURREN EN LAS ESCUELAS O LICEOS
Ciudadan@s, Padres, madres ,representantes, Niñ@s y
adolescentes, nuestra Asociación
Civil, Programa Venezolano Educativo de Atención Integral en derechos humanos, sin
fines de lucro tiene como objeto de
abogar, defender y garantizar el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de
los derechos de
todos los alumn@, que se encuentren en el Estado
Miranda y en todo el territorio nacional sus derechos y garantías, como por ejemplo:
a.- El Principio
de Igualdad y no Discriminación. Y se aplican por igual a todos los niños y
adolescentes, sin discriminación alguna fundada en motivos de raza, color,
sexo, edad, idioma, pensamiento, conciencia, religión, creencias, cultura,
opinión política o de otra índole, posición económica, origen social, ético o
nacional, discapacidad, enfermedad, nacimiento o cualquier otra condición del
niño o adolescente, de sus padres, representantes o responsables, o de sus
familiares.
b.- El derecho a un nivel de vida
adecuado que asegure su desarrollo integral.b.1.- Si la escuela
es pública :Municipal ,
Estadal o Nacional, y tiene un programa de comedores
escolares, la Alimentación debe ser nutritiva y balanceada, en calidad y cantidad
que satisfaga las normas, de la dietética, la higiene y la salud. ( no podrán
ser privados de este derecho de manera ilegal o arbitrariamente). b.2.- Derecho a un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado, así como a la preservación y disfrute del paisaje.(
Cantina y comedores en condiciones
optimas, baños limpios, sin escombros ,
basura entre otrob.3.- Derecho a la Integridad
Personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral. Los niños y adolescentes no pueden ser
sometidos a torturas, ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes, contra cualquier forma de explotación, maltratos, torturas, abusos
o negligencias que afecten su integridad personal.
b.4.- Derecho a ser Protegidos contra Abuso y Explotación Sexual
b.5.- Derecho a la Educación. Derecho a ser inscritos y recibir educación en una escuela, plantel o instituto oficial, de carácter gratuito y cercano a su residencia. La educación impartida en las escuelas, planteles e institutos oficiales será gratuita en todos los ciclos, niveles y modalidades
b.6.- Derecho a Ser Respetado por los Educadores.
b.7..- - Disciplina Escolar Acorde con los Derechos y Garantías de los Niños y Adolescentes.
b.4.- Derecho a ser Protegidos contra Abuso y Explotación Sexual
b.5.- Derecho a la Educación. Derecho a ser inscritos y recibir educación en una escuela, plantel o instituto oficial, de carácter gratuito y cercano a su residencia. La educación impartida en las escuelas, planteles e institutos oficiales será gratuita en todos los ciclos, niveles y modalidades
b.6.- Derecho a Ser Respetado por los Educadores.
b.7..- - Disciplina Escolar Acorde con los Derechos y Garantías de los Niños y Adolescentes.
En Consecuencia:
- Debe establecerse claramente en el reglamento disciplinario de la escuela, plantel o instituto de educación los hechos que son susceptibles de sanción, las sanciones aplicables y el procedimiento para imponerlas;Todos los niños y adolescentes deben tener acceso y ser informados oportunamente, de los reglamentos disciplinarios correspondientes;
- Antes de la imposición de cualquier sanción debe garantizarse a todos los niños y adolescentes el ejercicio de los derechos a opinar y a la defensa y, después de haber sido impuesta, se les debe garantizar la posibilidad de impugnarla ante autoridad superior e imparcial;
- Se prohíben las sanciones corporales, así como las colectivas;
- Se prohíbe las sanciones por causa de embarazo de una niña o adolescente;
- El retiro o la expulsión del niño o adolescente de la escuela, plantel o instituto de educación solo se impondrá por las causas expresamente establecidas en la Ley, mediante el procedimiento administrativo aplicable, los niños y adolescentes tienen derecho a ser reinscritos en la escuela, plantel o instituto donde reciben educación, salvo durante el tiempo que hayan sido sancionados con expulsión.
- Derecho al Honor, Reputación, Propia Imagen, Vida Privada e Intimidad Familiar. Se prohíbe exponer o divulgar, a través de cualquier medio, la imagen de los niños y adolescentes contra su voluntad o la de sus padres, representantes o responsables..
- Derecho a Opinar y a Ser Oído.
·
Asesoramos, acompañamos a tribunales, fiscalía, Defensoría
del pueblo, Consejo de protección Municipal, Estadal y
Nacional del Nin@ y Adolescente
·
Seguimiento de casos difusos o colectivos,
a mujeres victimas de violencia, violaciones de los derechos humanos,
·
Violaciones de los derechos políticos, civiles,
sociales, económicos y culturales del Ciudadan@, por las
instituciones publicas o privadas, por cuerpos policiales o
militares.
·
Orientación familiar, ayuda psicológica,
documentos, dictamos talleres a instituciones publicas o privadas
·
Proyectos sociales de gerencia publica
Pasos
para presentar tus denuncias:
Correo: acproveai@gmail.com, acproveaidhdh_100958@hotmail.com.
Asistencia
telefónica: 04267153257 / 0212 – 3175217 / 0212- 3698252. O de
manera personal, acude a las
instalaciones de A.C, PROVEAI en derechos humanos proporcionando la
siguiente información: a) Nombre (s) ,Apellido (s), b)Fotocopia de la CI, c) Autorización simple para representarlos ante las autoridades competentes, d) Domicilio y nº
telefónico, e) Día, Lugar y Hora en que
ocurrieron los hechos, e)
Descripción de los hechos violatorios
a tus derechos
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